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  • Ávila, 29 de octubre de 2019. El cabeza de lista de Por Ávila al Congreso, Gonzalo González de Vega, considera un “dolor innecesario para las familias” tener que esperar 24 horas para poder trasladar, para su entierro en Castilla y León, a las personas que fallecen en otra comunidad autónoma.

    Gonzalo González de Vega ha explicado que “hasta ahora solo se ha hablado de que se van a tomar medidas, pero solo han sido palabras” en materia de sanidad mortuoria. En concreto, se ha referido al hecho de que “las personas que fallecen en Castilla-La Mancha, Madrid y Extremadura no pueden ser trasladadas para su entierro en Castilla y León hasta 24 horas después, con el consiguiente dolor que eso conlleva para sus seres queridos”.

     

    Por eso, el candidato de Por Ávila al Congreso ha reclamado al Gobierno central “una política consensuada en materia de sanidad mortuoria que garantice que los familiares no tengan que sumar a su duelo el desgaste del papeleo y de la espera”. En este sentido ha recalcado que “se hace urgente homogeneizar la norma de sanidad mortuoria en todo el territorio nacional” y ha añadido que “es crucial que se fijen plazos y se vean verdaderos avances, y no solo palabras, al respecto”.

     

    Además, ha reclamado a la Junta de Castilla y León “que se reúna con los responsables homónimos en otras comunidades autónomas para buscar una solución a esta penosa situación”.

     

    A esta situación se suma el hecho del “coste añadido” que supone cumplir con las condiciones del traslado, “con el consiguiente coste económico”, ya que es necesario un féretro con un cierre hermético, climatizado e impermeable, con un sistema de anclaje.

     

    “Es una cuestión de humanidad que las administraciones solucionen esta situación cuanto antes y no se demore más”, ha exigido González de Vega, quien ha recordado que “las familias que se ven en esta coyuntura no pueden velar a sus muertos en condiciones y la despedida se convierte en una sucesión de trabas legales”, teniendo en cuenta, por ejemplo, que en Madrid “la autorización para el traslado del cuerpo debe hacerse por medios electrónicos”, según se recoge en la propia web de la Comunidad de Madrid.

     

    Por otro lado, González de Vega ha pedido que se cumpla lo establecido en  la Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria del Ministerio de Sanidad que recoge que, en aquellos casos en que los difuntos no presenten riesgos ni radiológicos ni para la salud pública, el cadáver pueda ser trasladado “en cuanto se haya emitido el certificado de defunción y la licencia de sepultura”. En este sentido, añade que el traslado se produzca “antes de las 24 horas, siempre que las circunstancias lo permitan, y no como una excepción como ahora ocurre”.

     

    *NOTA: La Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria  del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social indica que “salvo en los casos de intervención judicial o en los cadáveres de los grupos I y II, el traslado de los cadáveres del grupo III –aquellos que no presenten los riesgos de los grupos I y II, correspondientes a enfermedades infectocontagiosas o riesgo radiológico- dentro del territorio español desde cualquier Comunidad Autónoma hasta el domicilio del difunto, velatorio, tanatorio o depósito de cadáveres del cementerio, podrá realizarse una vez emitido el certificado de defunción y la licencia de sepultura. En el caso de los restos humanos bastará con la emisión del certificado médico de defunción para proceder al traslado”.