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Ávila, 10 de junio de 2021. El Grupo Provincial Por Ávila considera que la Diputación Provincial debe habilitar nuevas ayudas económicas para autónomos, comercios y empresas que se han visto afectadas por la suspensión de actividad durante la pandemia.

A raíz de los informes desfavorables del secretario y el interventor de la Diputación Provincial en cuanto a que el Consorcio Provincial Zona Norte de Ávila pueda legalmente conceder subvenciones vinculadas a la tasa de basuras, desde el Grupo Provincial Por Ávila se propone que sea la Diputación Provincial quien convoque una línea de subvenciones para los sectores más afectados por la suspensión de actividad debido a la pandemia. De esta manera, se ayudaría económicamente a los autónomos y empresas de la provincia, y se haría de manera legal, cumpliendo con el ordenamiento jurídico. 

“Nuestra postura es que se ayude a todos aquellos que más están sufriendo económicamente los efectos de la pandemia”, pero que “la concesión de estas ayudas sea legal” porque desde Por Ávila “nunca vamos a ir en contra de la legalidad, ni de los informes técnicos de los habilitados nacionales, que velan para que las decisiones políticas se ajusten a la ley y al ordenamiento jurídico vigente”. 

Así lo ha manifestado Ángel Jiménez Martín, diputado representante del Grupo Provincial Por Ávila, al término de la Asamblea General de Consorcio de la Zona Norte –ya que no se ha dado opción a debate- ante una propuesta de ayudas presentada en dicha reunión por el presidente del Consorcio y que cuenta con los informes “demoledores” del secretario y del interventor de la Diputación, respectivamente. 

Se trata de una línea de ayudas vinculada a la tasa de gestión de residuos de 2020, y sobre la que Secretaría e Intervención han puesto de manifiesto que dicha propuesta “no se ajusta a la normativa vigente”. 

 

Informes

“El presidente del Consorcio Provincial ha reconocido que el acuerdo que se estaba adoptando es ilegal, por lo que no entendemos cómo el presidente del Consorcio, que es diputado provincial y alcalde de Martiherrero, a sabiendas, está incumpliendo el ordenamiento jurídico, proponiendo y defendiendo el incumplimiento de la ley para convocar una línea de ayudas desde el Consorcio Provincial, cuando los habilitados nacionales en sus informes coinciden en que este organismo no es competente para ello, mientras que en opinión de Por Ávila la Diputación Provincial sí que podría convocarlas sin que las mismas estén vinculadas a tasa alguna, lo que facilitaría mucho la solicitud a los afectados.    

 

Informes del secretario y del interventor

La propuesta presentada ayer en la Asamblea del Consorcio de la Zona Norte, de ‘ayudas individuales para el abono de la tasa de gestión de residuos correspondientes al ejercicio 2020’, es calificada tanto por el secretario como por el interventor de la Diputación de Ávila como un “beneficio fiscal encubierto”. En este sentido, en el informe realizado por el departamento de Intervención se ha presentado un reparo de carácter suspensivo en el que se pone “en cuestión el propio carácter de la subvención”. 

Sin embargo, “el presidente del Consorcio de la Zona Norte, José Luis del Nogal, ha levantado el reparo suspensivo por decreto “y sin ningún informe favorable por parte de este organismo o de la Diputación”. 

Citando el informe del secretario de la Diputación, “cabe advertir que la ayuda que por su virtud pretende reconocerse a terceros no resulta ajustada al concepto legal de subvención, desde la perspectiva de la doctrina del Tribunal Supremo”.  

Asimismo advierte de “que el procedimiento de convocatoria de ayudas individuales, sometido a informe, implica el ejercicio de una potestad administrativa con una finalidad distinta de la prevista en el ordenamiento”. 

Por otra parte, el informe del interventor advierte de que “el motivo del reparo es la falta de competencia del Consorcio de la Zona Norte de Ávila para otorgar un beneficio fiscal mediante una subvención”. Añade que “este reparo tiene carácter suspensivo por basarse en el motivo recogido en al art. 12.3.a) del Real Decreto 424/2017 y 216.2 del TRLRHL: falta de competencia para la aprobación”.